Glosario

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A

Activo:

Aquello con valor que tiene el deudor, como por ejemplo un vehículo, un inmueble, un porcentaje de una herencia, etc.

Acuerdo de pagos:

Cuando el deudor tiene patrimonio (vivienda, vehículo, etc) susceptible de ser liquidado, y no quiere perderlo, puede proponer un plan de pagos para pagar de otra manera y proponer quitas o rebajas.

C

Con masa:

Concurso de acreedores que se sigue en aquellos casos donde el deudor tiene algo con valor de liquidación, como por ejemplo una vivienda libre de cargas o un vehículo con cierto valor.

D

Deudas públicas:

Deudas con la administración, como por ejemplo hacienda, Seguridad Social, Ayuntamiento…

E

EPI:

Exoneración del Pasivo Insatisfecho, es decir, el perdón de las deudas que no se han podido pagar.

Exoneración:

Perdón de las deudas.

L

Liquidación:

Convertir en dinero líquido el patrimonio. Si tengo, por ejemplo, un coche libre de cargas, se vende por el administrador, y lo que se obtenga de la venta, es con lo que se pagarán las deudas hasta donde llegue.

P

Pasivo:

Deudas

R

Reserva de dominio:

Cláusula que se usa en los contratos de compraventa a plazos (como cuando compras un coche financiado) y por la cual (siendo poco técnicos) el vendedor sigue siendo el dueño del bien hasta que el comprador pague todo el precio acordado.

S

Sin masa:

Concurso de acreedores especial para aquellos casos donde no hay activo (donde no hay nada con valor). Es especialmente rápido y simple.