BLOG

Primer autónomo absuelto de una deuda millonaria

El Juzgado número 1 de Lo Mercantil de Castellón ha dictado recientemente un auto por el que el juez exonera totalmente a un autónomo de la provincia de Castellón que debía más de 900.000 euros a varias entidades financieras en su condición de avalista. Gracias a que este trabajador autónomo se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad, el juez castellonense ha fallado resolviendo que le exonera del total del pasivo insatisfecho, es decir admite que se le perdone toda la deuda y ningún acreedor le puede reclamar por lo que debía.

Según el mediador concursal que ha llevado este proceso, el abogado Juan José Breva, «este es el primer auto positivo para un autónomo que se ha dictado en la provincia de Castellón acogiéndose a la Ley de la Segunda Oportunidad, un fallo importante y que puede sentar precedente para futuros asuntos similares».

A juicio de Breva «el fallo emitido es muy interesante ya que en la actualidad hay muchos trabajadores autónomos así como también personas físicas endeudadas que se podrían acoger a este procedimiento y, empezar desde cero, o sea sin deudas».

El autónomo que ha logrado liberarse de la deuda que tenía con sus acreedores y que alcanzaba casi una cifra millonaria ha seguido un largo proceso, que empezó hace ya más de dos años, cuando se vio abocado a una situación delicada al haber sido avalista de una constructora de la provincia de Castellón.

Asistido por el letrado Vicente Delshorts, el deudor contó desde que se inició el proceso en el Notario con la figura del mediador concursal, Juan José Breva, que insiste en precisar la conveniencia de este proceso para los autónomos que estén ahogados por deudas. «Quizá porque la gente no acaba de creérselo, no se está utilizando, y es una pena, pero está claro que se puede lograr, y para muestra ahí está la resolución del juez castellonense que ha dictado un auto firme ante el cual no cabe posibilidad de recurso alguno», dice Breva, quien también precisa que no obstante el juzgado establece la supervisión del autónomo.

En este sentido, indicar que el autónomo exonerado estará ‘vigilado’ por el juzgado durante un periodo de cinco años, lustro en el que este trabajador no podrá adquirir bienes o incrementar su patrimonio ya que de lo contrario el asunto necesitaría de una oportuna revisión.

SIN ANTECEDENTES

en el auto dictado a principios del pasado mes de noviembre el juez recoge que en los informes de la administración concursa y de las actuaciones concurrían diversas circunstancias claves para decidir la exoneración. Entre ellas señala que el concurso no había sido declarado culpable, así como que no constaban antecedentes penales del deudor por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

De igual forma, también ha quedado acreditado que se ha celebrado, o al menos intentado, un acuerdo extrajudicial de pagos.

Según el informe de la administración concursa se han satisfecho en su integridad los créditos contra la masa, no existiendo créditos privilegiados a pagar. Además, también queda constatado que la administración concursa muestra conformidad a la solicitud del deudor y no consta oposición de ninguno de los personas.

Con estos informes el juez de Lo Mercantil declaró la conclusión del concurso, por fin de la fase de liquidación así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia. «En particular se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes además de que se declaran aprobadas las cuentas rendidas por parte de la administrador concursa», indica el auto del Juzgado de Lo mercantil número 1 de Castellón.

Fuente: El Mundo

Más
noticias

¿Necesitas ayuda?